LEY Nº 2851
Otorgando a PAMPETROL SAPEM funciones de administración estratégica y operativa del Área Hidrocarburífera denominada Jagüel de los Machos
Estado de la norma: VIGENTE.-
Última modificación: Ley Nº 2929.-
Publicado en Sep del B.O. 3168 del 28-08-15.-
Promulgada el 26-08-15.-
Sancionada el 28-08-15.-
Operador del digesto: M.L.E.-
Artículo 1º.- Declárase de interés estratégico para el desarrollo de la Política Hidrocarburífera Provincial, de acuerdo a lo establecido en el artículo7° de la Ley 2225 y artículos 2°, 3° y 4° y concordantes de la Ley 2675, el área hidrocarburífera Jagüe I de los Machos, cuyos planos y coordenadas deberán ser actualizados por el Poder Ejecutivo.
Texto dado por Ley Nº 2929
Texto anterior dado por Ley Nº 2851.
Artículo 1º.- Otórgase a PAMPETROL SAPEM funciones de administración estratégica y operativa del área hidrocarburífera denominada Jagüel de los Machos, a partir del 7 de septiembre de 2015, en el marco de lo establecido por el artículo 2° de la Ley Provincial de Hidrocarburos 2675.-
Artículo 2°.- El Poder Ejecutivo Provincial otorgará a la empresa PAMPETROL S.A.P.E.M. permisos, de exploración y/o las concesiones temporales de explotación, transporte y distribución de hidrocarburos y/o formalizará contratos de obra y servicios de exploración, explotación, desarrollo, transporte, distribución e industrialización de hidrocarburos, respecto del área detallada en el artículo anterior, en virtud de lo normado por las Leyes Provinciales 2225 y 2675, estableciendo el plazo y condiciones del otorgamiento
Texto dado por Ley Nº 2929
Texto anterior dado por Ley Nº 2851.
Artículo 2º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
DADA en la Sala de Sesiones de la Cámara de Diputados de la provincia de La Pampa, en Santa Rosa, a los veintiséis días del mes de agosto de dos mil quince.-
Prof. Norma Haydee DURANGO, Vicegobernadora de LaPampa, Presidenta Cámara de Diputados, Provincia de La Pampa.-Dra. Alejandra Carolina CHARRUFF, Prosecretaria Cámara de Diputados, Provincia de La Pampa.-
EXPEDIENTE N° 10202/15
SANTA ROSA, 28AGOSTO DE 2015
POR TANTO:Téngase por LEY de la Provincia; Dése al Registro Oficial y al Boletín Oficial, cúmplase, comuníquese,publíquese y archívese.-
DECRETO N° 433/15
C.P.N. Oscar Mario JORGE, Gobernador de La Pampa –Ing. Luis Horacio GIAI, Ministro de Obras y Servicios Públicos.-
SECRETARÍA GENERAL DE LA GOBERNACIÓN:28 DE AGOSTO DE 2015
Registrada la presente Ley, bajo el número DOS MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y UNO (2851)
C.P.N. José M. GONZALEZ, Secretario General de la Gobernación.